Friday, February 23, 2007

LA JUEZA SIN ALMA Y SIN CONCIENCIA


Marino Zapete Corniel

Recientemente, el señor Héctor Alexander Peña Mejía, alias Alex, casado, portador de la cédula de identidad y electoral número 002-0110256-3, administrador del lavadero de carros Mondy Disco de San Cristóbal y de la oficina de remesas Vimenca ubicada en los Bajos de Haina, sedujo a una niña de 14 años y la persuadió para que le permitiera grabar las escenas de sexo con un teléfono celular.

El señor Peña Mejía, estudiante del quinto cuatrimestre de Mercadotecnia en la Universidad Organización y Método (O y M), residente en la calle Primera número 2 de Madre Vieja Sur, apartamento 3-B, en San Cristóbal, no se conformó con seducir a la menor y utilizarla para la pornografía, sino que decidió poner a circular el video a través de la internet.

La circulación del video en un pueblo pequeño, entre los amigos y conocidos del señor Peña Mejía y de la niña utilizada, creó un escándalo y provocó una crisis que puso en peligro la vida de la menor, que no tiene capacidad para manejar la situación que se le ha presentado cuando en cada esquina del sector donde reside se le presenta alguien a comentarle el contenido de la cinta grabada por el hombre que la abusó.

Al tomar conocimiento de la situación, el Ministerio Público procedió a someter a la justicia al señor Peña Mejía, por violación a los artículos 12, 25, 26 y 411 del Código para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, dando como un hecho que el imputado sería encerrado en la cárcel, de acuerdo a lo que establece la ley en casos como este.

Para sorpresa de todos, la magistrada Regina Carvajal Vizcaíno, jueza de la instrucción del distrito judicial de San Cristóbal, parece no haberle dado ningún valor al abuso contra la menor, y rechazó la solicitud de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público, dejando en libertad al imputado mediante el pago de una “garantía económica”.

Como ser humano y como padre de familia, puedo testimoniar que cuando observé el video grabado por el señor Peña Mejía, me sentí indignado, asqueado y profundamente apenado porque en mi país exista una jueza capaz de ver algo similar y dejar libre al responsable de esa barbaridad.

Escuché el audio del video, y no hay que ser ningún especialista en sicología para saber que sólo la inocencia de la menor agredida justifica el hecho de que la misma complaciera todas las órdenes de su verdugo, sobre todo, cuando le decía: “levanta la cabeza, para que te vean la cara”.

Al parecer, a la magistrada Carvajal Vizcaíno no le dio el más mínimo remordimiento el comportamiento tan abusivo del señor Peña Mejía. No tomó en cuenta que el abusador no se conformó con cometer el hecho, sino que pisoteó la honra de la menor al poner a circular el video con las escenas de sexo y la carita inocente de aquella niña.

Como el magistrado presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Jorge Subero Isa, pide pruebas cada vez que alguien se queja de que algún juez ha tomado una decisión alejada de la justicia, le ofrezco el video grabado y puesto a circular por el señor Peña Mejía, copia del cual está en poder de la magistrada Carvajal Vizcaíno y que al parecer ignoró.

Me pregunto si una situación similar le ocurriera a una hija de la jueza, si tiene, qué pensaría ella de dejar en libertad a un sujeto como Peña Mejía.

zapecorniel@gmail.com

6 comments:

domi2.5 said...

Penoso y asqueroso. ¿Tendrá la jueza hijas?
¿Qué más pruebas se necesitan en este país para condenar a los chiminales?
Si un vídeo no es suficiente... ¿Qué lo es?

Unknown said...

Yo no le deseo mal a nadie, pero no soy el unico que deseo fervientemente que le pase un par de desgracias a la familia de un par de gente. Muchos se lo merecen.

Manuel González said...

Marino, al final en que paro este caso?....

moma said...

definitivamente, ni la juez ni el acusado, tienen hijos

Leticia Caminero said...

Como estudiante de derecho quisiera aclararles algunos puntos:
si es jueza de la instruccion significa que el caso aun no ha ido a juicio (ante el juzgado de primera instancia) y la garantia economica a la cual se condenó al imputado es una medida de coerción no una condena definitiva, la cual se le impone al imputado que presenta peligro de fuga. Ahora la pregunta está si se dió auto de apertura a juicio o no, para conocer de este caso y determinar la culpabilidad de la persona.

Unknown said...

En nuestro pais no esiste la verguensa por que si huviera sido algun familiar de la jodia juesa esa menos de ahi o de lo ocurido ase buen pendojo selo comen vivo y preso de por vida pero no es el dinero quien vale en nuestro pais es la gloria de la corusion los familiares de la joven no tienen cojones mi hija o familiar le asen algo asi voy preso con gusto coonoon...